Cuando vivimos de alquiler siempre hay diferencias entre caseros e inquilinos sobre quién debe pagar tal y cual avería o reforma. Siempre es necesario determinar la causa del desperfecto y analizar la situación en la que se produjo para determinar quién debe hacerse cargo de dicha reparación.
Normalmente La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) dispone que el propietario está obligado a realizar todos los arreglos necesarios, sin elevar la renta, para conservar la vivienda «en condiciones de habitabilidad», además de:
- Las reparaciones consistentes en el arreglo, renovación o sustitución parcial de alguno de los elementos componentes deinstalaciones de conducción de agua y desagüe.
- Mantenimiento y conservación deltecho, suelos, paredes y chimeneas.
- Mantenimiento y solución de problemas eléctricos, tuberías y calefacción.
- Sustitución y reparación del termo.
- Sustitución y reparación deaverías en electrodomésticos, excepto si se trata de averías menores (un piloto, un filtro, etc.).
- Plagas derivadas del mal funcionamiento de las instalaciones (tuberías, etc.). Las plagas ocasionadas por el mal uso o funcionamiento de los alrededores del edificio, podrían ser responsabilidad de la comunidad de vecinos o, incluso, del Ayuntamiento.
El inquilino por su parte debe avisar al casero con antelación antes de hacer un arreglo y recibir el permiso del mismo. En este caso, el inquilino está obligado a:
- Arreglar cualquier desperfecto derivado mal uso de la vivienda por su parte
- Rotura de persianas, de lámparas, cambios de bombillas, eliminación de orificios en la pared ocasionados por cuadros, u otras «pequeñas» reparaciones de este tipo derivadas del desgaste por el uso ordinario de la vivienda.
- Daños en la instalación eléctrica derivada de la sobrecarga por el mal uso de la red
Así que si eres inquilino o casero, ya sabes qué averías te corresponde pagar en cualquier caso.
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